jueves. 28.03.2024

La Dirección General de Tráfico (DGT) aprobó el pasado 20 de agosto de 2019 una regulación en la normativa que rige los exámenes prácticos de conducir que permite a los alumnos disponer de sistemas avanzados de ayuda a la conducción durante la realización del examen práctico. La normativa, pese a estar aprobada en agosto, no entró en vigor hasta el pasado 15 de septiembre.

 

Estos dispositivos, evidentemente, harán que el alumnado que se examina tenga más fácil superar la prueba práctica, pero eso no significa que el examinador no tenga en cuenta si es capaz de conducir de forma autónoma en función de su comportamiento en la carretera y del respeto de las normas de circulación.

 

Los sistemas avanzados de ayuda a la conducción (ADAS, según los nombra la DGT) que se podrán utilizar en los coches de prácticas de la autoescuela son los siguientes:

    -Star-Stop: este sistema apaga el motor cuando el coche se encuentra parado y lo reenciende cuando el conductor acciona el pedal del embrague.

    -Sistema de ayuda de salida en pendiente: impide que el vehículo se mueva hacia atrás cuando se encuentra en una pendiente, de modo que al quitar el pie del freno el motor se esfuerza por ir hacia adelante.

    -Activación automática de alumbrado y parabrisas: pese a estar permitido, la persona examinada debe saber activar estos dispositivos de forma manual.

    -Frenado de emergencia: sistema capaz de detectar peligros inminentes, en cuyo caso reacciona de las siguientes maneras: avisa al conductor y, si este no hace caso, toma el control del automóvil y hace una frenada de emergencia.

    -Alerta de tráfico cruzado: si el coche está aparcado en batería, este dispositivo avisa si se acercan vehículos por cualquier parte de la vía mientras está saliendo del aparcamiento.

    -Cámara de marcha atrás, cámara 360º y/o sensores de aparcamiento: su uso está permitido, aunque queda restringido el sistema que aparca el coche de forma totalmente automática.

    -Sistema de detección de fatiga: avisa al conductor de que tiene que hacer un descanso en la conducción porque le detecta fatiga, sueño o bien simple cansancio.

    -Aviso de frenada de emergencia: avisa al conductor de que el vehículo que le precede está frenando.

 

 Las autoescuelas opinan

 

Como bien apunta la DGT, “los examinadores podrán solicitar al aspirante en las comprobaciones previas al examen que localice algunos de estos sistemas”.

 

Estas medidas, por el momento, están siendo muy bien acogidas por parte de los alumnos, pues están contentos de que Tráfico “haya decidido dar este paso para adaptarse a la conducción del futuro”, afirma uno de ellos.

 

En cambio, esta nueva normativa no ha sido muy bien recibida por parte de la comunidad de las autoescuelas; muchas de ellas no creen que esto sea bueno para la gente que está aprendiendo. Victoria Blanes, profesora en la Autoescuela Isidre, en Palma, opina sobre el asunto alegando que no le parece bien, pues “el que aprende tiene que aprender sin ayudas”. “Yo tengo que saber estacionar sin darle un golpe a un coche sin que nada me ayude. Tengo que saber que si me meto en un túnel tengo que encender yo las luces, no que se me enciendan solas. Tengo que saber arrancar en una cuesta sin que el coche se vaya para atrás. Me parece mal para el aprendizaje”, sentencia Victoria. Sonia Vidal, profesora en la Autoescuela Express, también de Palma, tampoco acaba de estar de acuerdo con este nuevo marco legal. “Todos los sistemas de seguridad que nos puedan servir de ayuda y utilidad son bienvenidos. Van encaminados a protegernos y evitar accidentes, pero debemos saber cómo utilizarlos y conocer sus límites. Como profesora de autoescuela, pienso que puede ser un arma de doble filo porque el aprendiz debe poder responder por sí mismo en cualquier situación, aunque está claro que los sistemas avanzan y debemos avanzar con ellos”, expone Sonia.

 

Aun así, cabe recordar que estos dispositivos no han surgido de la noche a la mañana y que han ido llevando a cabo mejoras e innovaciones hasta que la DGT ha permitido su incorporación a la enseñanza de la conducción.

 

Paralelamente, en la DGT también se habló de volver al marco legal que había hace unos años, en el que se establecían un mínimo de clases teóricas para poder aprobar la primera parte, así como también un mínimo de clases prácticas y la obligatoriedad de que pase un determinado tiempo entre convocatoria y convocatoria de examen, pero no se llegó a ningún acuerdo.